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Liga Endesa

Rectificación sobre la oferta por Joseph Jones

A diferencia de lo relatado en nota de prensa esta mañana, producto de un error de interpretación de la ACB del nuevo Convenio Colectivo suscrito la pasada temporada, el jugador Joseph Jones no está sujeto a derecho de tanteo en la presente campaña y por tanto no puede recibir ofertas cualificadas.

En virtud al nuevo Convenio Colectivo y a sus artículos 14.6 y 14.6.1, “ante la negativa del jugador a firmar el contrato (Nota: con el equipo que presentó oferta cualificada para retenerle) no se procederá a su inscripción, salvo acuerdo con dicho club, en la competición por ningún otro club de la ACB durante la temporada deportiva”.

Así pues, el jugador Joseph Jones no puede ser inscrito en la Liga Endesa 2014-15 por un club diferente al CAI Zaragoza, quien ostenta sus derechos, salvo acuerdo entre clubes.

Documentación

Artículo 14.6: “Si el jugador que ha recibido la oferta cualificada del club no recibe ofertas de terceros dentro del plazo previsto en el artículo 14.3 el jugador podrá prorrogar el contrato con el club de origen, al que se incorporarán las nuevas condiciones previstas en la oferta cualificada. En tal caso el nuevo contrato deberá suscribirse en el plazo de 5 días naturales y depositarse en ACB dentro del plazo de 5 días naturales posteriores. De no depositarse en el plazo indicado la ACB requerirá al club, y al jugaador a través de la ABP en un plazo común de cinco días naturales para que dentro de un plazo de otros 5 días naturales suscriban y depositen el contrato en la ACB”.

Artículo 14.6.1: “Ante la negativa del jugador a firmar el contrato no se procederá a su inscripción, salvo acuerdo con dicho club, en la competición por ningún otro club de la ACB durante la temporada deportiva”.